La pandemia del COVID-19 lejos de desaparecer por completo tanto en Andalucía como en otros lugares del mundo siguen apareciendo rebrotes, y buena parte de la causa es por no seguir las medidas de prevención básicas como el seguimiento de medidas higiénicas ni de distancia física mínima.
Por este motivo y con la finalidad de prevenir más contagios que pueden derivar a lamentables desenlaces la Consejería de Salud y Familias dependiente de la Junta de Andalucía recoge nueva prohibición, tal y como queda redactado en la Orden de 16 de agosto de 2020, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020, para implementar en la Comunidad Autónoma de Andalucía actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19 publicado ayer domingo.
Así, desde las 00.00 horas de hoy lunes 17 de agosto algunas medidas relacionadas con los oficios, reuniones y cultos religiosos, como son las siguientes:
- Diez personas como máximo en reuniones en espacios públicos o privados aplicándose el aforo en locales.
- Reducción de los encuentros sociales, limitando los mismos a grupos de convivencia o habitual.
- La realización de eventos de carácter multidinario superando las cuatrocientas personas necesitan autorización de la Consejería de Salud.
- La ciudadanía deberá mostrar colaboración en las medidas de aislamiento domiciliario, cuarentenas y realización de pruebas PCR.
- Los incumplimientos serán objeto de infracción administrativa quedando sujeto al procedimiento de la actividad inspectora y el régimen sancionador y las sanciones establecidos por el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en Andalucía por el COVID-19.
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